Se informa que la pensión no contributiva es un derecho y no puede ser revocada por la necesidad de cobertura médica de PAMI. Se aclara que la afiliación a PAMI no es obligatoria si ya se cuenta con otra prestación médica.
Se explica que si una persona tiene un familiar a cargo (cónyuge o hijo con discapacidad debidamente acreditado), puede incluirlo en la cobertura de PAMI si el titular posee jubilación o pensión de dicho organismo.
La Corte Suprema ha dictaminado que es irrazonable y desproporcionado quitar la pensión no contributiva para acceder a la cobertura de PAMI, protegiendo así el derecho de los beneficiarios.