La Cámara de la Sala 8 habilitó la totalidad de la reforma laboral al revertir la cautelar del juez Ojeda que suspendía más de 80 artículos a pedido de la CGT.
Los camaristas María Doña González y Víctor Pesino dejaron sin efecto la medida del juzgado de trabajo 63 del 30 de marzo, permitiendo que la modernización laboral opere en todo el país mientras la Corte Suprema define por per saltum.
El juez Ojeda, asesor de Carlos Tomada, había emitido otra cautelar a un sindicato minero; el gobierno celebra el fallo por dar seguridad jurídica y reactivar el Fondo de Asistencia Laboral para indemnizaciones.