Se aclaró que el Certificado Único de Discapacidad (CUD) no requiere un 66% de discapacidad ni está relacionado con la incapacidad laborativa o pensiones por invalidez. Su función es únicamente registrar la discapacidad de la persona, sin determinar un porcentaje.
Se enfatizó la diferencia entre discapacidad e incapacidad laborativa. La discapacidad no impide trabajar, mientras que la incapacidad laborativa se refiere a la imposibilidad de generar un empleo. Las personas con discapacidad, como alguien en silla de ruedas, pueden trabajar sin inconvenientes y obtener el CUD.