En Colombia, el proceso de gestación subrogada se inicia a través de clínicas de fertilidad o bufetes de abogados que actúan como intermediarios, recibiendo la mayor parte del pago de los padres intencionales y distribuyendo pagos a la gestante, además de supervisar médicamente el embarazo.
Para ser gestante, se requiere ser mayor de edad, haber tenido un hijo, gozar de buena salud y declarar fines altruistas, aunque no siempre se realizan evaluaciones psicológicas. Tras la aceptación por parte de los padres intencionales, se realiza una transferencia embrionaria. La ley colombiana reconoce como madre a quien da a luz, pero los abogados pueden presentar una demanda de impugnación de maternidad con pruebas de ADN para que el padre intencional registre al bebé.
Existen críticas sobre la mercantilización del cuerpo de la mujer, aunque abogados como Santiago Martínez difieren del concepto de "alquiler de vientre" si hay un retorno económico. El viceministro Jefferson Dueñas Gómez señala un vacío normativo desde 2009, que ha generado un mercado irregular y "turismo reproductivo". Diana Bernal, profesora de bioderecho, coincide en que se trata de turismo y aboga por una regulación para evitar la explotación.
El último intento de regular la subrogación en 2023 no prosperó. La ausencia de regulación ha permitido prácticas anómalas y la instrumentalización de la mujer. A pesar de que el gobierno evita el término "turismo reproductivo", expertos como Bernal consideran que es una realidad, con personas que entran y salen del país temporalmente. Se critica que algunas mujeres recurren a esta práctica por necesidad económica para acceder a una vivienda, un derecho fundamental.