Se aclara que el bono para jubilados se otorga por beneficiario y no por beneficio, por lo que no corresponde cobrarlo duplicado si se perciben jubilación y pensión. El bono es para quienes cobran menos de 470 mil pesos.
Se explica que, al sumar jubilación y pensión, si se supera ese monto, no se accede al bono. Se menciona que, en estos casos, no hay lugar a reclamos para mejorar el haber, ya que se considera que ya se está por encima del mínimo.