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Colombia redefine la prostitución como violencia estructural

Tensión: discusión (40°) Eje político: Centro

La Corte Suprema de Justicia de Colombia ha emitido un fallo que redefine el marco conceptual de la explotación sexual, marcando un avance hacia un nuevo paradigma legal sobre la prostitución. El tribunal determinó que la prostitución se enmarca dentro de procesos de violencia estructural y que en lugar de "cliente", se debe hablar de "explotadores sexuales directos", "prostituyentes" o "demandantes".

La Corte enfatizó que la prostitución no es una actividad neutra o voluntaria, sino un sistema de desigualdad y discriminación de género que perpetúa relaciones de poder históricamente desequilibradas.

Este fallo fue celebrado por el movimiento feminista en Colombia, aunque generó preocupación entre mujeres con posturas no abolicionistas, como la senadora electa Alejandra Omaña, quien expresó inquietud por la posible extensión de la noción de explotación sexual a toda forma de trabajo sexual ejercido por adultos.

En América Latina, las legislaciones sobre prostitución varían significativamente. Mientras algunos países como Ecuador, Perú, Bolivia y Uruguay legalizan el pago por sexo con restricciones, Argentina mantiene un enfoque abolicionista. La OEA señala que las personas en situación de prostitución en la región carecen de protección legal clara, lo que las expone a una mayor vulnerabilidad.