La ley laboral 27.802 fue promulgada por el decreto 137 y entró en vigencia para el sector privado, pero no introduce modificaciones en el sistema previsional como requisitos de edad o años de aportes para acceder a jubilaciones y pensiones.
Las edades se mantienen en 60 años para mujeres y 65 para hombres con 30 años de aportes; las mujeres en relación de dependencia pueden extender hasta 65 años según el artículo 19 de la ley 24.241, y en el sector privado hasta 70 años para ambos sexos. Se conservan los reconocimientos de aportes por tareas de cuidado: un año por hijo biológico, dos por adoptivo, más adicionales por asignación universal o discapacidad.
La moratoria UCAP para comprar aportes en los últimos 10 años previos a la jubilación sigue vigente hasta marzo de 2012. Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL) con contribuciones patronales voluntarias del 1,5% para grandes empresas y 2,5% para PyMEs, destinado a indemnizaciones por despido, administrado por entidades controladas por la Comisión Nacional de Valores.
El FAL no aplica a construcción ni empleo doméstico; el empleador completa si falta plata, y requiere seis cuotas pagas mínimas. La ley también modifica cálculos de indemnizaciones, impuestos eliminados, empleo doméstico, plataformas de delivery y establece salario dinámico por convenio colectivo.