El Gobierno Nacional publicó un decreto (612/2026) que establece pautas para el cálculo de los aportes y contribuciones sindicales, imponiendo controles estrictos sobre la administración de dichos fondos.
La nueva normativa excluye conceptos como bonos, horas extras, aguinaldo y sumas no remunerativas de la base de cálculo, considerando únicamente el salario básico convencional y sumas remunerativas normales y habituales.
Se reafirmó que las contribuciones de los empleadores deben tener un destino específico, como obras sociales, asistenciales, previsionales o culturales en beneficio directo de los trabajadores.