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Jubilados podrían ser obligados a pagar cuota alimentaria de sus nietos

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Se abordó la problemática de los descuentos por cuotas alimentarias a jubilados, originados por la falta de cumplimiento de los progenitores (hijos del jubilado) hacia sus propios hijos menores.

Se aclaró que la obligación de los abuelos de pagar cuota alimentaria es subsidiaria, es decir, solo aplica si los progenitores directos no pueden o no existen para cumplir con dicha obligación.

Se mencionó que esta situación lamentablemente se presenta cada vez con mayor frecuencia, afectando a jubilados que deben afrontar estas deudas, a veces incluso sin que se les descuente de forma correcta.