A partir del 1 de enero de 2026, los propietarios de inmuebles destinados a vivienda única no pagarán impuesto a las ganancias por los alquileres cobrados. Esta medida, publicada en el Boletín Oficial, beneficia a las personas humanas y sucesiones indivisas, independientemente de la cantidad de propiedades que posean.
Sin embargo, para acceder a este beneficio, el inquilino no debe poseer otra propiedad. La aplicación de esta exención genera un interrogante sobre cómo los propietarios podrán verificar esta condición. La medida ha generado polémica entre especialistas, quienes la consideran inconstitucional por no incluir a las empresas.
Esta exención no alcanza a los inquilinos, quienes no podrán deducir el monto del alquiler de su impuesto a las ganancias. La medida está pensada exclusivamente para los propietarios y solo aplica a alquileres de vivienda, no a locales comerciales. Se estima que la medida podría aumentar la rentabilidad de los propietarios en un 60%.