Se debate si la justicia actuó correctamente al no detener a Barrelier, argumentando que la pena por los delitos que se le imputaban en ese momento (sin abuso sexual confirmado) no correspondía a prisión efectiva, sino a probation, tareas comunitarias o tratamiento psiquiátrico.
Se señala que la falla principal radicó en que Barrelier no cumplió con estas medidas alternativas, y se plantea la discusión sobre la ley en sí misma.