Se analiza el derecho a la defensa del imputado en el caso de Agustina Vega, destacando que, a diferencia de los testigos, el imputado no está obligado a decir la verdad y puede mentir como parte de su estrategia de defensa.
Se recuerda el principio de inocencia, que impide que una persona se autoincrimine, aunque existe la posibilidad de que el imputado decida confesar o aportar información relevante si así lo desea.