Se analiza la posible recaratulación de la figura de homicidio a femicidio en el caso de Agostina, basándose en el artículo 80 del código penal. Se destaca la peligrosidad de personalidades manipuladoras que pueden sostener mentiras.
Se plantea la pregunta sobre si la demora en la investigación pudo haber sido influenciada por la coincidencia con la final del campeonato entre Belgrano y River, evento que concentraba la atención policial.