La doctora Natalia Ponce León responde consultas de televidentes en el consultorio dominical sobre temas jubilatorios y sucesorios. Explica que en casos de divorcio con acuerdo homologado, si una parte fallece, los bienes no vuelven a la masa conyugal porque el acuerdo tiene fuerza de ley e se inscribe judicialmente.
En sucesiones de viudos sin hijos, los padres del fallecido heredan el 50% si viven, o la viuda recibe el 100% si ellos murieron, acreditando las defunciones. Para herencias a hijos que no visitan, es forzosa salvo gastos en vida o mejoras documentadas.
Sobre pensiones por convivientes, ANSES e IPS exigen domicilio común aunque haya matrimonio, recomendando preverlo en acuerdo. Para mantener la obra social al jubilarse, se denuncia en el expediente de ANSES y, si rechazan, se presenta amparo judicial, salvo si la paga un hijo.
En casos de autónomos con menos de 30 años de aportes como Georgina de Urlingham, no se puede moratoria sobre periodos trabajados; hay que regularizar deudas caras (hasta 500.000 pesos mensuales) con planes de pago, dependiendo de la edad para usar otras moratorias.