En el programa, el senador nacional Mariano Recalde y el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez analizan la inminente aprobación de la reforma laboral en el Senado, con 218 artículos que debilitan la protección a los trabajadores. Recalde advierte que potenciará la capacidad empresaria sobre la negociación débil de empleados, creando un proceso laboral injusto y desigual, similar a la libertad del zorro en el gallinero. Gil Domínguez explica los caminos para declarar inconstitucional la ley: acciones individuales por trabajadores o colectivas por gremios, que podrían frenar la reforma con medidas cautelares basadas en la Constitución y tratados de derechos humanos como la OIT.
Los expertos destacan cómo la ley asume igualdad en la negociación entre empleadores y empleados, ignorando la desigualdad inherente, lo que revierte avances globales en protección laboral organizados por la Organización Internacional del Trabajo. Se compara con el derecho del consumidor, donde el Estado regula para evitar abusos de corporaciones. La reforma también afecta la justicia laboral, transfiriendo competencias a la Ciudad de Buenos Aires y condicionando jueces con el principio de stare decisis, incorporando causales de juicio político que generan miedo a fallar independientemente, limitando el ejercicio del derecho a la huelga y otros derechos.
Respecto a convenios existentes, como el de seis horas para trabajos insalubres en el subte, la ley no los toca directamente pero permite negociaciones ficticias que alteran jornadas sin superar las 48 horas semanales, eliminando el derecho constitucional a la jornada limitada de ocho horas. Esto va en contra de tendencias mundiales de reducir horas por mayor productividad tecnológica, resultando en menos tiempo libre y potencialmente menos ingresos al eliminar horas extras obligatorias. La ley modifica la irrenunciabilidad de derechos, permitiendo reducciones salariales por encima del piso del convenio colectivo, priorizando convenios de empresa que pueden bajar condiciones.
Gil Domínguez califica la reforma como una aberración jurídica y ejemplo de gobierno autocrático que ignora la progresividad constitucional de derechos laborales, obviando tratados internacionales y construyendo un ordenamiento regresivo sin justificación proporcional. No se aplica retroactivamente según el Código Civil y Comercial, pero abre interpretaciones en contratos de tracto sucesivo, fomentando litigiosidad al relajar límites para cambios unilaterales en condiciones de trabajo, horarios y tareas, sin resarcimiento por afectaciones morales que antes justificaban despido sin causa.
En casos como despidos en FATE en marzo, la aplicación de la nueva ley a indemnizaciones pendientes genera ambigüedad, ya que el gobierno insistió en que solo afecta nuevos contratos, pero la doctrina mayoritaria aplica cambios a obligaciones pendientes si son pro-trabajador, aunque esta reforma es regresiva y no puede afectar garantías constitucionales, promoviendo más juicios y conflictos laborales a futuro.