La reforma laboral aprobada en Diputados y pendiente en el Senado mantiene el banco de horas, permitiendo al empleador variar jornadas diarias sin horario fijo, como 12 horas un día y 4 otro, compensando en un período mayor como un mes de 192 horas. El abogado laboralista Matías Cremonte explica que esta implementación requiere aceptación de los trabajadores, aunque en la práctica es limitada por la dependencia laboral, eliminando previsibilidad en turnos, incluyendo contra turno o fines de semana, sin pago de horas extras.
En indemnizaciones por despido sin causa, se reduce el cálculo a un mes de sueldo base sin adicionales, en lugar del más alto. Se crea un fondo de asistencia laboral financiado por aportes patronales de un porcentaje del salario, del cual la empresa retira para pagar la indemnización. Cuestionado por transferir la carga a jubilados, ya que se reduce la contribución previsional en igual proporción; es un fondo por empresa, no individual, similar a un seguro, generando negocio financiero para aseguradoras y bancos, reminiscente de las AFJP.
Sobre vacaciones, la cantidad de días no cambia (14 para hasta 5 años de antigüedad), pero se permite fraccionar en hasta tres períodos con mínimo de 7 días, pudiendo el empleador decidir en cualquier momento del año, no solo verano, y solo una fracción en verano cada tres años, sujeto a acuerdo. En vales alimentarios, se permite pagar parte del sueldo en tickets no remunerativos sin cargas sociales, no computando para aguinaldo, vacaciones ni indemnización, beneficiando al empleador pero perjudicando al trabajador, reviviendo prácticas de los 90.
La ley aún requiere reglamentación, donde se podrían limitar facultades amplias al empleador, como en el banco de horas; no todos los artículos necesitan decreto, pero la implementación definirá su alcance real, con mucho camino por recorrer antes de sancionarse definitivamente.