El constitucionalista Félix Lonigro analiza la nueva ley de modernización laboral, admitiendo que no le gusta en todos sus aspectos pero diferenciando entre preferencias y constitucionalidad. Explica el artículo 14 bis de la Constitución, que garantiza derechos laborales como condiciones dignas, protección contra despido arbitrario y derechos gremiales como el de huelga y estabilidad sindical. Critica el capítulo tributario por originarse en el Senado, violando la Constitución al no empezar en Diputados, lo que podría invalidarlo por completo.
Lonigro cuestiona el blanqueo sin multa para empleadores que mantuvieron trabajadores en negro durante años, argumentando que incentiva la informalidad al perdonar irregularidades pasadas. También objeta la eliminación de la ultraactividad de los convenios colectivos, que aplicaría la ley de contratos de trabajo hasta una nueva negociación, potencialmente perjudicando condiciones mejores en convenios vencidos. Menciona posibles inconstitucionalidades en estatutos profesionales como el del periodista o comercio si se alteran derechos adquiridos.
Se discute el ius variandi, donde se eliminó la referencia a la dignidad del trabajador, permitiendo variaciones que solo afecten materialmente, y el banco de horas que agrupa hasta 12 horas diarias compensadas semanalmente sin pago extra, beneficiando al empleador. Intervenciones de Robertino Sánchez Flecha y Cristian Balbó abordan la irretroactividad y derechos en expectativa, como indemnizaciones futuras en relaciones existentes. Lonigro advierte sobre judicializaciones individuales y posibles medidas cautelares de la CGT, similar al decreto 70/2023.
El experto enfatiza que la ley vestirá hacia adelante, aplicando a despidos y modificaciones futuras, pero podría faltar jurisprudencia para completarla. Critica la falta de claridad en artículos como el banco de horas, que mantiene 48 horas semanales pero permite flexibilidad, y la jerarquía de estatutos sobre convenios y leyes solo si benefician al trabajador, un principio jurisprudencial no constitucional. La entrevista concluye destacando la necesidad de reglamentación ejecutiva respetuosa del espíritu legal.