La reciente media sanción en el Senado de la reforma laboral genera debate sobre sus impactos en los trabajadores. Uno de los puntos clave modifica las licencias por enfermedades no laborales: el empleador pagaría solo el 50-75% del salario según antigüedad, en lugar del 100% actual, para equilibrar cargas sin eliminar el derecho a cobertura. Esto no afecta enfermedades profesionales, cubiertas por ART, ni licencias por maternidad, paternidad o exámenes, que permanecen intactas.
Las indemnizaciones por despido mantienen su cálculo base de un sueldo por año, pero permiten pago en cuotas sin reducción del monto, y se estandariza la actualización de sentencias para evitar montos exorbitantes por inflación. El banco de horas permite compensar extras con días libres, no pagadas, beneficiando flexibilidad. Además, se regula el home office y plataformas digitales, otorgando derechos especiales a repartidores sin alterar convenios colectivos vigentes.
El derecho a huelga se ajusta con prestaciones mínimas (50-75%) en servicios esenciales como salud, transporte y medios, para evitar paralizaciones totales. La reforma aplica prospectivamente, respetando derechos adquiridos por antigüedad, y no toca al empleo público. Aunque polémica, busca modernizar el marco laboral argentino, fomentando consensos entre partes sin perjudicar protecciones constitucionales básicas.
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Reforma Laboral: Cambios en Licencias, Indemnizaciones y Derechos
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